Me voy a limitar en esta entrada a hacer una recopilación legislativa, recogiendo aquellos documentos que marcan las condiciones para impartir clase de "matemáticas" (o afines) en Educación Secundaria, en centros públicos, privados y/o concertados.
PRIVADA/CONCERTADA:
Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas
disposiciones relativas al ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria
Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de
régimen especial, a la formación inicial del profesorado y a las especialidades
de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria.
Fuente: Anexo 1. Condiciones para impartir las materias de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y del Bachillerato (BTO) en centros privados (p. 59870)
¿Qué se entiende en esos requisitos no explícitos?
Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de
formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la
docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de
bachillerato.
"La experiencia docente o de la formación de educación superior adecuada para impartir
el currículo de la materia podrá acreditarse mediante alguno de los siguientes procedimientos:
a) Experiencia docente consistente en la impartición durante, al menos, dos cursos
completos de dicha materia o, en su defecto, 12 meses en períodos continuos o discontinuos,
en centros públicos o privados debidamente autorizados para impartir las enseñanzas de
Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.
b) Certificación académica personal, en la que conste haber superado al menos 24
créditos o créditos ECTS de formación, o en el caso de no figurar créditos, dos cursos
académicos en cualesquiera estudios universitarios oficiales, de materias relacionadas
con la formación que se desea acreditar. A estos efectos, los créditos de formación podrán
ser utilizados para acreditar la formación inicial para impartir diferentes materias.
c) Realización de actividades de formación del profesorado, relacionadas con dicha
materia, de una duración en su conjunto, de al menos 24 créditos o créditos ECTS,
certificadas por la Administración educativa competente" (p. 63093).
Además, dicho Real Decreto señala en la misma página "estar en posesión del
correspondiente título de Máster regulado por la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre,
por la que se establecen los requisitos de verificación de los títulos universitarios oficiales
que habiliten para el ejercicio de las profesiones de profesor de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas".
Así pues, cursar un grado y un máster, no te facilita el acceso a la docencia si no cumples unos determinados requisitos, que muestro resumidos pero que puedes consultar en profundidad en los enlaces.
PÚBLICA:
REAL DECRETO 1834/2008, de 8 de noviembre,
por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato,
la formación profesional y las enseñanzas de
régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza
secundaria.
(p. 47588) "Artículo 9. Formación pedagógica y didáctica.
Para ejercer la docencia en la educación secundara
obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y la
enseñanza de idiomas, será necesario estar en posesión de
un título oficial de máster que acredite la formación pedagógica y didáctica de acuerdo con lo exigido por los artículos 94, 95 y 97 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación. Para ello, será necesario que el correspondiente
título de máster cumpla las condiciones establecidas en el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre
de 2007, por el que se establecen las condiciones a las que
deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la
obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las
profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanzas de Idiomas y haya sido verificado de acuerdo
con lo dispuesto en la Orden ECI/3858/2007, de 27 de
diciembre, por la que se establecen los requisitos de verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten
para el ejercicio de las profesiones de profesor de educación secundaria Obligatoria y bachillerato, Formación profesional y Enseñanza de Idiomas".
REAL DECRETO 276/2007, de 23 de febrero, por
el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de
ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
(p. 8930) "...el título alegado se corresponda con el nivel de
titulación exigido con carácter general para ingreso en el
cuerpo (Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, para
cuerpos docentes Grupo A, o Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, para cuerpos
docentes Grupo B)".
Así pues, a priori, no habría requisitos de titulación específica en relación a los estudios previos, para poder acceder a las oposiciones.
Creo que no me dejo nada de lo más reseñable, pero si lo consideras agradeceré me digas para ampliar la información.
Hola Blanca,
ResponderEliminarSoy un Arquitecto Técnico que le gustaría ser profesor de matemáticas, pero siempre he pensado que con mi titulación no se puede acceder. Me ha parecido que en el último párrafo de esta entrada dice que no hay requisitos de titulación específica, por lo que si que podría presentarme a oposiciones, aunque no me ha quedado muy claro. Tendrías mas información sobre este tema? o sabrías donde podría preguntarlo?
Muchas Gracias.
Emilio.
Buenas tardes: En la última convocatoria de Madrid (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/02/08/BOCM-20220208-5.PDF), por ejemplo, se señala: 3.2.1. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Eliminara) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
Son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones que se detallan para cada especialidad en el Anexo V del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regulada en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3.2.7.
Por lo tanto debes acudir a la equivalencia de las titulaciones, y además tener el máster habilitante. El acceso a este máster depende de las universidad el diseño de los requisitos de acceso.
Desgraciadamente no nos dejan a los "técnicos", lo del reconocimiento del nivel Meces 2 básicamente fue una tomadura de pelo. No me gustan las palabras bruscas, pero es que fue así, porque a efectos prácticos no sirve para nada. Y lo peor es que hay muchas carreras que no tienen correspondencia 1:1 con grados, con lo que sacar el grado implica sacar muchas asignaturas en lugar de limitarte a los créditos faltantes.
EliminarGracias por tu publicación.
ResponderEliminarMe gustaría saber tu opinión, si teniendo ya un titulo de graduado con el que no cumplo los 24 créditos mínimos que exigen para impartir matemáticas, ¿seria una opción matricularme en el Grado de Matemáticas y aprobar los créditos que me faltan?
Un saludo
Hola, ¿te han aclarado la duda? Estoy en la misma situación. Gracias
EliminarPuede ser una opción, pero mi consejo es que acudas al servicio de inspección de tu zona y veas cómo se está exigiendo este requisito de los 24 créditos. Mi sensación es que es desigual.
EliminarHola, acabo de leer tu post porque estoy tratando de informarme sobre si podría dar clases de matemáticas en institutos privados o concertados. Antes de nada, enhorabuena y gracias porque ha sido lo más claro y lo mejor que he encontrado. Por otro lado yo soy Licenciada en Ciencias Ambientales, entonces, ¿podría dar clase?
ResponderEliminarPorque con lo de "cualquier título de Licenciado del área de Ciencias Experimentales, entiendo que sí entraría, pero luego, eso de tener "24 créditos de materias relacionadas con la formación que se desea acreditar"...la verdad no sé si ambientales los tiene. ¿Sabrías donde lo puedo preguntar?
Muchas gracias de antemano. Saludos!
Buenas tardes, eso lo tienes que ver en tu expediente de notas. Las universidades organizan sus planes de estudios de manera particular, por lo tanto, no hay requisitos generales y tienes que estudiarlo desde tu expediente. Además después tendrás que obtener la autorización desde la inspección educativa
EliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarVale, muchas gracias. Estoy tratando de conseguir esa información, y hasta ahora está siendo algo difícil, porque ni en la facultad de biología ni en la de matemáticas lo saben. Probaré en la Consejería de Educación.
ResponderEliminarMuchas gracias por la ayuda. Saludos!
Hola buenas noches.
ResponderEliminarCon una licenciatura Ade y más de 24 créditos relacionados con las matemáticas ¿podría dar clase de esta asignatura en la concertada (Madrid) o tendrían que ser 24 créditos de otras carreras?Gracias de antemano.
Hola Blanca,
ResponderEliminaryo estoy en el mismo caso que Emilio, no veo la respuesta asi que imagino que se te pasaría. Podrías por favor, indicarnos si siendo ingeniero técnico se puede (mediante CAP) trabajar de profesor de matemáticas?
gracias!
Buenas tardes:
EliminarLa normativa que tenéis que seguir es "Anexo V del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero", como veis ingeniero "técnico" no se contempla dentro de las titulaciones específicas para matemáticas, por lo tanto, por mucho que hiciéseis el máster de Secundaria (el CAP ya no se puede cursar) solo hay unas cuantas especialidades a las que se puede acceder.
Un saludo,
Blanca
Buenas noches, alguien me podría decir alguna forma más directa para poder conseguir esos 24 créditos de matemáticas. Yo soy licenciada en química y cuento con 16 créditos de matemáticas.
ResponderEliminarGracias de antemano
Hola, tengo la misma pregunta. Algún curso que se pueda hacer para acreditar 4 créditos de matemáticas y poder impartir las clases. Soy licenciada en química y en mi plan son 20 créditos. Gracias
EliminarMatricularte en un grado donde puedas cursar créditos específicos de matemáticas, a priori creo que es la única forma
EliminarHola Blanca, muy buenas. Me gustaría me ayudaras a resolver mi duda. Soy Ingeniero Técnico en Informática de Gestión por la Universidad de Cádiz, carrera en la que cual tengo 33 créditos en asignaturas relacionadas con matemáticas. Además hice el CAP en su momento. ¿Cumplo para poder impartir matemáticas en 1º y 2º ESO? Gracias.
ResponderEliminarCreo que no se publicó. Conseguiste respuesta? Estoy en tu caso, pero no entiendo bien algunas cosas de los decretos y además en la Consejería me contestan que me presente a informática.
EliminarGracias
Hola, soy diplomado en ciencias empresariales, tengo aprobados 16,5 ctos de matematicas ( matematicas, matematicas financieras y matematicas actuariales) además tengo 9 ctos de estadistica. Podría dar clases de matematicas 2 de Bachillerato?. Gracias
ResponderEliminarPuedes ver en comentarios previos, que lo importante es 1. Que tu titulación esté dentro de las permitidas, y 2. Tener el máster de formación del profesorado
Eliminar